Texto publicado por Leandro Benítez

Niño salvado de padres antivacunación

Los máximos jueces argentinos han dictaminado que unos padres del movimiento antivacunas deben vacunar a su hijo, desestimando un recurso interpuesto por los fanáticos y explicando que "el derecho a la privacidad familiar antes referido resulta permeable a la intervención del Estado en pos del interés superior del niño como sujeto vulnerable y necesitado de protección" de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Argentina que, como todas las constituciones, da a los tratados internacionales nivel superior al de las leyes nacionales. Y tal es el caso de la Convención sobre los Derechos del Niño cuyo artículo 3.1 cita la Corte y que ordena anteponer el interés del niño a cualquier otra consideración.

Una y otra vez se ha dicho y sustentado con abundantísimos datos: no existe ni una sola prueba, ni una sola, de que la vacunación implique ningún riesgo extraordinario para los niños. Y en cambio, existen pruebas abundantísimas, históricas, fisiológicas, epidemiológicas y de todo tipo de que la vacunación evita enfermedades, muertes y daños secundarios graves e incapacitantes. Por eso existe.

Desde tiempos de Edward Jenner, quienes se oponen a la vacunación (originalmente por motivos religiosos y siempre por ignorancia) han acudido a mentiras de lo más creativas, desde las viñetas donde a la gente le aparecían vacas en los lugares de la vacunación hasta, ahora, afirmaciones absolutamente delirantes como los riesgos de ciertos compuestos de mercurio que se usaban como conservantes (han sido eliminados de la mayoría de las vacunas). Uno de ellos, por cierto, el timerosal, era componente del líquido de lentillas que usábamos cotidianamente millones de personas... y no nos envenenamos por mercurio de la misma manera en que no nos quemamos con el sodio de la sal de mesa porque los compuestos químicos se comportan distinto que los elementos que los forman.

La locura antivacunación, se ha dicho también, es una forma de abuso infantil. Cualquier padre que someta a sus hijos al padecimiento de alguna enfermedad prevenible que puede tener consecuencias atroces es indistinguible del que golpea a su hijo, le niega atención médica, lo mantiene en condiciones antihigiénicas o lo somete a peligros imprudentemente. Todo lo que sabemos, y lo sabemos porque lo podemos demostrar, indica que las vacunas salvan vidas y la falta de vacunación (como en el caso de la poliomielitis en la India, donde es endémica pese a toda la pseudomedicina "ayurvédica" que usted guste y mande) somete a los niños a sufrimiento, dolor, riesgo de su vida y su integridad.

Y así lo ha entendido la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina, enfrentada a unos padres que justificaban poner a su hijo en peligro presentándose como "seguidores del método homeopático ayurvédico".

(Por supuesto, la homeopatía, invento inútil europeo del siglo XVIII, y la magia ayurvédica, curanderismo milenario indostano igualmente inútil, revivido por sujetos tan cuestionables como el Maharishi Mahesh Yogui y el ultramillonario Deepak Chopra, no tienen nada que ver entre sí más que en el confuso imaginario de "todo vale" del new age.)

Los padres argentinos en cuestión se oponían a administrarle a su hijo las vacunas indicadas en el Calendario Nacional de Vacunación que en Argentina es obligatorio, como lo debería ser en todo el mundo. Los encomiables jueces argentinos Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi Maqueda, y Eugenio Zaffaroni, cinco de los siete que conforman el máximo tribunal argentino, dictaminaron que “la no vacunación del menor lo expone al riesgo de contraer enfermedades, muchas de las cuales podrían prevenirse mediante el cumplimiento del plan nacional de vacunación”, además de poner en riesgo la salud de toda la comunidad. Porque cada niño no vacunado es un elemento de riesgo para otros niños a los cuales las vacunas no les hayan aportado la inmunidad prevista, pero que quedan protegidos por lo que se conoce como inmunidad colectiva o de manada.

Es decir, los fanáticos que creen sin ninguna evidencia que las vacunas dañan a sus hijos, no sólo ponen en peligro a sus vástagos, sino a los de otros. Son un riesgo para la comunidad equiparable al que corre a gran velocidad en un auto llevando a sus hijos sin cinturones de seguridad ni sillas, pero que además transcurre por un denso distrito escolar con riesgo de atropellar a los hijos de los demás.

Por supuesto, los padres en cuestión afirmaron que ellos tenían "el derecho" a decidir si sus hijos se vacunaban o no, haciendo una interpretación de la ley que fue rebatida por los jueces. No, no tienen derecho a decidir que sus hijos no se vacunen, ni tienen derecho a decidir que si enferman no sean atendidos con las mejores herramientas médicas que hemos desarrollado colectivamente. Ni tienen derecho a decidir si golpean a sus hijos, les rompen las piernas o les sacan los ojos. No tienen derecho a decidir negarles la vitamina C y provocarles escorbuto, o a no lavarles una herida y dejar que se infecte, por mencionar otras afecciones prevenibles.

Por el contrario, los niños sí tienen derecho a la mejor atención posible, a la protección de su salud, a recibir los elementos básicos para disfrutar una vida plena en su niñez y prepararse para tener la mejor vida posible en el futuro.

Una sociedad sana protege a los niños incluso de sus padres. Y en el caso de la vacunación quizá hace falta que más responsables de las leyes y su aplicación actúen como estos jueces argentinos antes de que tengan que actuar, como el juzgado de Granada en 2010, cuando ya se ha dado un brote de una enfermedad prevenible.

Después de agotar todos los recursos posibles para perjudicar a su hijo, ahora los padres homeopático-ayurvédicos tienen, según han decidido los jueces, dos opciones: o vacunan a su hijo en los próximos dos días o lo hará la sociedad cumpliendo su obligación de no permitir el abuso infantil.

Ejemplo a seguir.

http://charlatanes.blogspot.com.ar/2012/06/nino-salvado-de-padres-antiva...